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AYUDAS A PERSONAS AUTONOMAS AFECTADAS POR EL COVID-19: NUEVAS INSTRUCCIONES

Esta información es un resumen de las Instrucciones en aplicación del Decreto 44/2020, de 3 de abril de la convocatoria que regulan las ayudas. Recomendamos el conocimiento expreso de la misma. La información obtenida de este resumen, no generará ningún derecho ni expectativa por parte de las personas interesadas. https://www.dogv.gva.es/datos/2020/04/09/pdf/2020_2850.pdf https://www.dogv.gva.es/datos/2020/04/09/pdf/2020_2851.pdf

DESTINATARIOS:
Personas trabajadoras autónomas de la Comunitat Valenciana, incluidas aquellas personas que sean socias trabajadoras en Cooperativas de Trabajo.

CUANTÍA:

  • 1.500€ para las personas autónomas obligadas a la suspensión de actividades por el Real decreto 463/2020.
  • 750 € resto de casos.

INSTRUCCIÓN NÚM. 1 (Aplicación del Decreto 44/2020, de 3 de abril)

La presentación de las solicitudes se efectuará realizando dos trámites:

  1. Trámite uno: Solicitud de fecha y franja horaria para presentar la solicitud (NO REQUIERE FIRMA ELECTRÓNICA) www.labora.gva.es → “EAUCOV 2020 Ayuda extraordinaria a personas trabajadoras autónomas Covid-19” → “cita previa”. El sistema informará del plazo asignado para presentar la solicitud.
  2. Trámite dos: Presentación de la solicitud (REQUIERE FIRMA ELECTRÓNICA). Dentro de la franja asignada, se accederá de nuevo al procedimiento «EAUCOV 2020 Ayuda extraordinaria a personas trabajadoras autónomas COVID19», a través del cual se presentará la solicitud y restante documentación requerida por el Decreto 44/2020.

INSTRUCCIÓN NÚM. 2 (Aplicación del Decreto 44/2020, de 3 de abril.)

Respecto al Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, previsto en la letra a) del artículo 6.1 de dicho Decreto 44/2020.

  1. Aportación voluntaria. (Agilización expedientes).
  2. Declaración Anexo I de los epígrafes del IAE en los que figuran de alta.

MÁS INFORMACIÓN:
www.labora.gva.es y en teléfono 900353135

NOTA:
El Ayuntamiento de Catral facilitará la expedición de Certificados Digitales de la ACCV a aquellas personas autónomas que lo necesiten para la tramitación de esta ayuda, los MARTES en horario de 9 a 14 horas.

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