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Punto GVANEXT – Convocatoria Innova-CV

Punto GVANEXT – Convocatoria Innova-CV

Las ayudas Innova-CV promueven la realización de proyectos innovadores que redunden en una mayor competitividad de las empresas y que tengan resultados tangibles al final del plazo de ejecución del proyecto.

Los proyectos de innovación podrán desarrollarse en tres actuaciones: desarrollo de nuevos productos (INNOVAProD-CV); puesta en marcha o readaptación de procesos mediante la aplicación de metodologías de mejora continua y con criterios de ecoeficiencia (INNOVAProC-CV); desarrollo de soluciones TEICs innovadoras que no supongan desarrollos a medida (INNOVATeiC-CV).

El Programa podrá contar con financiación hasta el 60 % de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

Plazo de solicitud hasta el 12 de abril de 2023.

Ficha informativa de la convocatoria Innova-CV.

Si quieres más información sobre estas ayudas remite la siguiente ficha cumplimentada al correo electrónico proyectos@ayuntamientocatral.com y nos pondremos en contacto contigo.

SOLICITUD II BONOS CONSUMO: NAVIDAD CATRAL 2022

SOLICITUD II BONOS CONSUMO: NAVIDAD CATRAL 2022

El próximo lunes día 5 de diciembre, a las 9:00h, se abre el plazo para la solicitud de los II Bonos Consumo Navidad, por parte de la ciudadanía.

La solicitud se hará de manera ONLINE a través del siguiente enlace:  https://forms.gle/RQHVxZc73hUhgWGF7

Próximamente comunicaremos la fecha y hora de recogida de los bonos.

En caso de haber realizado la solicitud y no ser beneficiario, porque los bonos se han agotado, se comunicará mediante el email facilitado en dicho formulario.

Mas info -> https://www.catral.es/campana-de-ii-bonos-al-consumo-catral-navidad-2022/

ANUNCIO DE CONSULTA PÚBLICA PARA LA APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA DE LICENCIAS DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS A CONSECUENCIA DEL COVID-19

De conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa de licencias de apertura de establecimientos, se recaba la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

Objetivos de la norma
Se establece una bonificación de 700 euros en las cuotas devengadas de la tasa de licencias de apertura de establecimientos para los hechos imponibles acaecidos en el periodo comprendido entre el día de aprobación de la modificación de la Ordenanza hasta el 31 de diciembre de 2021.

Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, necesidad y oportunidad de su aprobación y posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias
Resulta preciso aprobar la presente modificación de la Ordenanza para ayudar a los emprendedores que pretendan iniciar una actividad empresarial y abrir un establecimiento, para así paliar y responder al impacto de la crisis económica que ha supuesto el COVID-19.

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados durante el plazo de DIEZ (10) DÍAS a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en la web municipal, mediante su presentación en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Ver documento oficial

AYUDAS URGENTES PARA PALIAR LOS DAÑOS PRODUCIDOS EN LAS EXPLOTACIONES AGRARIAS OCASIONADOS POR LA DANA DE SEPTIEMBRE DE 2019

DECRETO 29/2020, de 28 de febrero, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras y de concesión directa de ayudas urgentes para paliar los daños producidos en las explotaciones agrarias ocasionados por la DANA de septiembre de 2019

El objeto de este decreto es aprobar las bases reguladoras y establecer el procedimiento para la concesión directa de ayudas a las explotaciones agrícolas y ganaderas que, como consecuencia del temporal de lluvia, fenómenos costeros y viento que afectó a la Comunitat Valenciana durante los días 11, 12, 13 y 14 de septiembre de 2019, han sufrido importantes daños tanto en las infraestructuras agrarias como en la capacidad productiva de los cultivos.

Las solicitudes de ayuda se presentarán de acuerdo con el modelo normalizado que se publicará en la sede electrónica de la Generalitat

Podrá computarse como gasto subvencionable, incluido dentro del importe máximo establecido por solicitud, los honorarios derivados de la elaboración del informe de valoración de daños, hasta un máximo de 300 euros por solicitud, para lo cual las personas interesadas deberán aportar la factura correspondiente.

AYUDAS DANA
Se trata de ayudas de carácter urgente para todas aquellas explotaciones agrarias y ganaderas que como consecuencia de este temporal hayan sufrido importantes daños ya sea en sus infraestructuras o en la producción de sus cultivos.

BENEFICIARIOS
El Decreto establece como beneficiarios de estas ayudas a:

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • La explotación agrícola debe de estar inscrita en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA) y la explotación ganadera en el Registro General de Explotaciones Ganaderas
    (REGA).
  • Deben de acreditar haber sufrido daños en elementos afectos a la explotación no asegurables en el vigente Plan de Seguros Agrarios Combinados.

 TIPO DE DAÑOS RESARCIBLES.
Algunos de los daños que pueden ser objeto de esta ayuda son:

  • La pérdida de suelo definitiva y capacidad de producción.
  • Daños en casetas.
  • Daños en redes eléctricas y transformadores.
  • Caminos de acceso a las instalaciones.
  • Daños en balsas, canales, compuertas y acequias.

CUANTÍA
El importe máximo de ayuda será de hasta 8.000 euros por solicitud y se requiere un informe pericial de valoración del daño.

PLAZO:
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 1 de agosto de 2020.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA SOLICITAR LA AYUDA:

Solo se puede presentar una solicitud de ayuda por explotación. La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación:

  • Informe de daño emitido pro perito /a colegiado/a.
  • Impreso de domiciliación bancaria.

LUGAR DE PRESENTACIÓN:

Las personas físicas la solitud deberá presentarse en las oficinas de coordinación de la postemergencia habilitadas por la Generalitat o, en su caso en las oficinas habilitadas por la Generalitat en los Ayuntamientos, o bien telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat.

Parar las personas jurídicas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos establecidos del artículo 14.2 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de la administraciones públicas, presentarán solicitud telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat.

VER RESUMEN                VER DECRETO 29-2020, DE 28 DE FEBERO                      VER DECRETO 64-2020, DE 22 DE MAYO.

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